Page 14 -
P. 14

r ^ U T I ^ UDRET/SIV  ^

        /NFORMA

                    LAS LICENCIAS DE PESCA MARÍTIMA DE RECREO

Vamos a ver esta semana, los requisitos de tipo legal necesarios en nuestro País para practicar la pesca deportiva
en aguas marit!mas:

El Reglamento de Pesca Marítima de Recreo fue dictado por una Orden Ministerial del 3 de Diciembre de 1.963
y en resumen viene a decir lo siguiente:

Debe considerarse pesca marítima de recreo, la que se realiza sin finalidad lucrativa, estando implícito, por tanto,
la prohibición de la ventí o comercialización de lo pescado que solo puede servir al consumo del propio pescador.
No se puede pescar una cantidad de pescado que exceda los veinticinco kilogramos en una o varias piezas. En ca-
so de sobrepasarlo. se està obligada a declararlo ante las autoridades de marina de la localidad, y pagar el valor del
exceso, según la cotización del dia, en papel del Estado.

La Pesca Marítima de Recreo se considera:

A) De superfície, practicada desde tierra, o desde embarcación, con cualquier apare/o a excepción de las redes.
B) Submarina, buceando a pulmón libre (sin aparatós que permitan respirar en inmersión )
Para la pràctica de la pesca, basàndose en estàs normas, se ha establecido que cada pescador debe poseer una licen-
eia, de acuerdo con el tipo de pesca que practique, la cual no serà vàlida si no va acompafíada del Documento Na-
cional de Identidad.
Según lo legislado, son tres las clases de licencias de pesca marítima, las cuales vamos a comentar a continuación:

LICENCIA DE PRIMERA CLASE.- Es vàlida para la pesca de altura de superfície. La pueden obtener las perso-
nas mayores de dieciseis afios.

LICENCIA DE SEGUNOA CLASE.— Es la que corresponde a la modalidad B, submarina. Esta modalidad està
prohibido practicaria a menos de 100 metros de las cafías de los pescadores de superfície, de embarcaciones que
se encuentren pescando, de donde estén caladas artes de pesca, o a menos de 250 metros de las playas frecuenta-
das por bafíistas.

LICENCIA DE TERCERA CLASE.- Sirve para la pesca desde tierra o para la pesca de superfície desde embarca-
ciones situades próximas a la costa.
Estàs licencias son expedides por las Comandàncies de Marina Militares, correspondientes, y pueden ser solicita-
das a través de la Federación, Club o entidad dedicada a ello.

                                                                 TODO PARA BEBÈ Y NI5Í0

: 4f Les invita a visitar su establecimiento
     C/.Olivo, 5 ( Frente a Escuelas Nacionales ) Lloret de Mar

14 LLORET GACETA •
   9   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19